PROPÓSITO Y TAREAS

 

Se crea el Consejo Estatal para la Reconstrucción de Nuevo León, con el objeto de establecer una sinergia entre los distintos órdenes de gobierno y con la sociedad civil, encaminada a coordinar las acciones y esfuerzos para la planeación, restauración, reconstrucción y la reactivación económica y social de las zonas afectadas por el Huracán “Alex” en el Estado de Nuevo León.

La Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, establece en su artículo 5, párrafo segundo, que el Gobernador podrá acordar la creación y funcionamiento de este tipo de consejos de carácter interinstitucional y de participación ciudadana para atender asuntos de interés público, pudiendo invitar a colaborar a otros órdenes de gobierno o personas físicas o morales que por razón de sus respectivas atribuciones y actividades sea conveniente convocar.

Asimismo, y de conformidad con lo señalado por el artículo 19 de la citada Ley Orgánica, se estableció el gabinete funcional denominado “Gabinete Operativo para la Reconstrucción de Nuevo León”, integrado por dependencias y entidades estatales, el cual tendrá por objeto primordial elaborar el plan maestro de restauración, reconstrucción y de reactivación económica y social de las zonas afectadas por el Huracán “Alex”.

Funcionamiento del Consejo

La participación de todos los integrantes del consejo es de carácter honorífico, y no reciben remuneración o compensación alguna.

Los integrantes del Consejo contarán con derecho a voz y voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los asistentes con derecho a voto; en caso de empate quien presida la sesión tendrá voto de calidad.

A las sesiones podrán asistir con el carácter de invitados especiales con derecho a voz, pero sin voto, los representantes de dependencias y entidades de los gobiernos Federal, Estatal y Municipal, las personas físicas o morales, representantes de organizaciones e instituciones civiles y expertos técnicos vinculados al objeto del Consejo.

El Consejo celebra sesiones al menos cada quince días durante el periodo de normalización, mensualmente durante el lapso de reconstrucción y las extraordinarias que sean necesarias a consideración del Presidente del mismo.

Tareas del Consejo

Para el debido cumplimiento de su objetivo, el Consejo tendrá las siguientes atribuciones:

  • Conocer, asesorar y, en su caso, aprobar el plan maestro de restauración, reconstrucción y de reactivación económica y social de las zonas afectadas por el Huracán “Alex”.

  • Proponer estrategias de coordinación respecto de los programas, proyectos y acciones a cargo de las distintas instancias estatales, federales y municipales en materia de restauración y reconstrucción en las zonas afectadas por el Huracán “Alex”.

  • Conocer de las asignaciones de recursos presupuestarios públicos y privados canalizados a la restauración y reconstrucción de las zonas afectadas por el Huracán "Alex".

  • Informar a la comunidad sobre los avances físicos de las obras y acciones desarrolladas para la restauración y reconstrucción de las zonas afectadas por el Huracán “Alex”.

  • Apoyar la gestión de los recursos financieros públicos y privados para la restauración y reconstrucción de las zonas afectadas por el Huracán “Alex”, incluyendo la constitución de cualquier tipo de figura jurídica que sea necesaria para lograr ese fin.

  • Promover acciones de voluntariado para la restauración y reconstrucción de las zonas afectadas por el Huracán “Alex”.

  • Aprobar la creación de Comisiones para la atención de temas específicos y/o de Grupos de Trabajo Especializados.

  • Supervisar la ejecución de los programas, proyectos y acciones relativos a la restauración y reconstrucción de las zonas afectadas por el Huracán “Alex”, y

  • Las demás que le confieran el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, el presente acuerdo, y las demás disposiciones legales, administrativas y reglamentarias aplicables.